“PENSION POR
INVALIDEZ DE ORIGEN COMUN''
Se trata de una prestación
económica que consiste en el pago
de
una renta mensual denominada pensión a una persona la cual ha sido calificada
como invalidad y cuya enfermedad o patología es de origen común.
1.
INVALIDEZ: según una publicación echa en
la página de “PORVENIR” (fondo de pensiones y cesantías), la invalidez es la disminución
de la capacidad física para laborar, es decir, persona la cual ha perdido el 50%
o más de su capacidad laboral.
ENFERMEDADES DE ORIGEN COMUN: son aquellas las cuales no tienen
origen en un accidente de trabajo o una enfermedad profesional (se adquieren o
se desarrollan fuera del lugar de trabajo).
PARAMETROS PARA ABCEDER AL DERECHO DE PENSION
POR INVALIDEZ: Según el
código nacional del trabajo se debe haber cotizado 50 semanas dentro delos 3
años anteriores a la fecha en la que se dictamino tu invalidez; cabe destacar
que dicha discapacidad debe llevar el nombre de discapacidad de origen común.
DEVOLUCION DE SALDOS POR INVALIDEZ ORIGEN COMUN: Es equivalente a la totalidad
delo ahorrado por el afiliado en su cuenta de ahorro individual del fondo de
pensiones más lo rendimientos generados por el fondo.
REFRENCIAS:
Recuperado de:
- https://www.porvenir.com.co/Personas/flash_site/minisitio_solicitud_pensional/landing_invalidez.html
- https://www.porvenir.com.co/Personas/flash_site/minisitio_solicitud_pensional/pages/invalidez/tipo1_solicitud_pensional.html
- https://www.porvenir.com.co/Personas/flash_site/minisitio_solicitud_pensional/pages/invalidez/tipo3_solicitud_pensional.html
- https://www.youtube.com/watch?v=fvvK5Z6PDSw


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