DURANTE
INCAPACIDAD NO HAY PAGO DE SALARIO, LO QUE SE PRESENTA ES UN PAGO DE AUXILIO DE
ENFERMEDAD
Este auxilio, del cuarto día
en adelante y en caso de enfermedad o accidente de origen común, lo paga la EPS
no el empleador. La ley establece que por conducto del empleador la EPS paga,
según las incapacidades que el trabajador presente en la empresa.
Hay que dejar claro que
durante la incapacidad no hay pago de salario, sino que se presenta un pago de
auxilio de enfermedad. El salario incluye muchos aspectos como parafiscales,
también es embargable, entre otros. Entonces en el periodo de incapacidad a
esta persona se le paga un auxilio que no representa salario, por consiguiente,
este dinero no es embargable.
Tampoco es base para caja de
compensación y parafiscales. Este auxilio del cuarto día en adelante, en caso
de enfermedad o accidente de origen común, lo paga la EPS no el empleador. Lo
que la ley establece es que por conducto del empleador la EPS paga, según las
incapacidades que el trabajador presente en la empresa, y esta a su vez radica
a la EPS.
Entonces si usted tiene un
empleado que lleva un mes sin presentarse a la empresa y no le ha mandado las
incapacidades, usted como empleador no le puede cobrar a la EPS y tampoco le
puede pagar al trabajador. Cuando el empleado le mande las incapacidades
entonces en ese momento se tramitan y le puede adelantar un dinero que luego la
EPS le reconocerá.
¿Se puede despedir al trabajador?
Hay que esperar y lo mejor
es definir si realmente la persona está o no incapacitada. Una cosa es que no
le haya mandado las incapacidades y otra es que esté fingiendo. Si la persona
no lleva las incapacidades lo peor que le puede ocurrir es que no le paguen el
auxilio de incapacidad, pero está incapacitado y gozando de una estabilidad
laboral reforzada por estar en un periodo de debilidad manifiesta. Otra cosa es
que el empleado se esté haciendo el incapacitado.
Al tener claro lo anterior
puede decidir el despido. Si está incapacitado no lo puede hacer. Además, debe
pedir permiso a un inspector y seguramente no se lo dará. Si no hay
incapacidades y la persona está fingiendo, en ese caso sí lo puede despedir
directamente sin permiso alguno.
https://actualicese.com/actualidad/2013/11/12/durante-incapacidad-no-hay-pago-de-salario-lo-que-se-presenta-es-un-pago-de-auxilio-de-enfermedad/#
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